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Mujeres en Revolución

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Cuba no ha adoptado una ley de cuotas, pero en su defecto ha implementado una serie de mecanismos “velados” que han venido garantizando la representación política de la mujer.

Como consecuencia, se ha alcanzado la paridad respecto a los hombres en los órganos del Poder Popular, así como en el Consejo de Estado. El análisis estadístico de la composición de género de las principales estructuras de poder político en Cuba arroja que en algunas de esas instancias con capacidad decisoria y de influencia, tanto del Estado como del Partido, donde el número de integrantes es más restringido, la mujer se encuentra menos representada. Esta realidad se ha evidenciado, incluso, en órganos temporales, que han tomado decisiones importantes para el sistema, como fue la Comisión designada entre los diputados electos para la reforma de la Constitución, a la vez que estuvo integrada por 20 hombres y 13 mujeres (ANPP, Acuerdo No. IX-10, 2018b)4, a pesar de que más de la mitad del Parlamento cubano está compuesto por féminas.
Otro reto en relación con la incorporación de la mujer a las estructuras de poder en Cuba es aumentar su integración en las instancias superiores del PCC, en particular en su Buró Político. El proceso de democratización del PCC, en su carácter de fuerza dirigente de la sociedad y el Estado, también debe pasar por la paridad de hombres y mujeres en su militancia y en todos sus organismos, en especial, en aquellos que ejercen mayor influencia política sobre el Estado. Como sostiene Valdés Mesa “el papel del Partido ha de verse en una doble dimensión, orientando el sistema político hacia una permanente democratización, y de la otra, ejemplificado en su teoría y práctica, la condición democrática de su propuesta de sociedad” 
Con la ampliación del mandato de las Asambleas Municipales a cinco años, a tenor de la nueva Constitución, y sobre la base de que en este órgano, históricamente, la mujer ha alcanzado menor representación, habrá que evaluar incentivos para que esta asuma esa responsabilidad de conjunto a los deberes y roles que tiene socialmente asignados, en correspondencia con su condición y según los patrones de una sociedad heteropatriarcal que aún perviven en Cuba, teniendo en cuenta, sobre todo, la responsabilidad que atañe ese cargo de representación al pueblo.
Relacionado con lo anterior, el 8 de marzo del 2021, entró en vigor el Decreto Presidencial 198/2021 “Programa Nacional para el Adelanto de las Mujeres” que tiene como objetivo coadyuvar al desarrollo de políticas a favor de las mujeres, así como dar continuidad al avance y desarrollo de la igualdad de género en Cuba (apartado Primero). En esta norma se establece el acceso a la toma de decisiones como una de las siete áreas de especial atención y se reconoce la necesidad de impulsar la presencia de la mujer en el sistema del Poder Popular a todos los niveles, especialmente como delegadas de base (Decreto Presidencial, 2021, apartado Séptimo-4 y Anexo único).
Asimismo, el Presidente de la República tiene como reto capitalizar la paridad de género que tienen algunas estructuras del Estado cubano. El escenario es ideal para comprobar qué influencia real tienen las mujeres en el poder político en Cuba, pues se debe tener en cuenta que las normas más importantes, a favor de la mujer, del sistema jurídico cubano vigente, se aprobaron cuando estas no tenían un peso importante en los órganos de decisión política. 
Bajo la égida de la nueva Constitución se ha aprobado un importante paquete de leyes que respaldan los derechos de las mujeres.
 En la nueva legislación, las mujeres que en la actualidad ocupan más del 50 % en el Parlamento y casi tienen la paridad en el Consejo de Estado deberán posicionar una perspectiva de género.
El 42 % de la AMPP de Abreus son mujeres y su dirección referencia que la mujer cubana deberá tener un mayor espacio de influencia y decisión, para que lo relativo a género y poder político en Cuba no solo sea, en alguna medida, una cuestión de números.

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